El Colegio ha celebrado una jornada informativa impartida por Avanza Previsión para analizar los cambios fundamentales que introduce el Convenio Colectivo del sector de la mediación en materia de previsión social.
Un cambio de modelo: Un cambio de modelo: del premio a la jubilación al sistema de aportación definida
A partir del 1 de enero de 2026, el sector de la mediación experimenta una importante transformación en sus compromisos por pensiones. El antiguo modelo de «premio a la jubilación» ligado a la antigüedad se sustituye por un sistema de aportación definida ligado al salario.
Los puntos clave de esta transición son:
- Devengo: El sistema anterior generó derechos hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Convivencia de modelos: Los trabajadores contratados antes del 1 de enero de 2023 no pierden su derecho al premio a la jubilación generado hasta finales de 2025; este derecho convivirá con el nuevo sistema.
- Externalización: El nuevo compromiso debe estar obligatoriamente externalizado a través de un seguro colectivo de vida.
Funcionamiento del nuevo sistema (Art. 67.C)
El convenio regula un seguro de aportación definida con las siguientes características:
- Aportaciones: Las empresas deben aportar anualmente (antes del 30 de septiembre) el 1,5% del sueldo base del año anterior de cada trabajador.
- Carencia: Para nuevas incorporaciones (desde el 1 de enero de 2023), la primera aportación se realizará tras tres años ininterrumpidos en la empresa.
- Contingencias cubiertas: Principalmente jubilación (ordinaria o anticipada), y en casos de antigüedad superior a tres años, también fallecimiento e incapacidad (IPT, IPA o GI).
- Derechos acumulados: El trabajador mantiene sus derechos acumulados en el seguro colectivo siempre que tenga una antigüedad igual o superior a los tres años. En caso de extinción laboral, podrá mantenerlos en el mismo instrumento o movilizarlos hasta que acceda a la jubilación.
Soluciones para la Mediación: El PPSE
Durante la sesión, Tania Piñez Yanes, responsable comercial de Avanza Previsión, presentó el Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE) como una herramienta estratégica para cumplir con la nueva normativa. Esta solución ofrece:
- Rentabilidad garantizada: Un interés neto anual del 2% (revisable) y un mínimo garantizado del 0,40% para toda la vigencia.
- Ventajas fiscales: Las empresas pueden deducirse el 10% de las aportaciones en el Impuesto de Sociedades (para retribuciones hasta 27.000€ brutos) y obtener reducciones en las cuotas de la Seguridad Social.
- Gestión eficiente: Implementación ágil y área privada para que el trabajador consulte su fondo de ahorro.
El nuevo convenio fija un mínimo obligatorio, pero la elección del instrumento para cumplirlo es una decisión estratégica que puede mejorar la experiencia del trabajador y optimizar la fiscalidad de la empresa de mediación.






