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El Consejo General presenta alegaciones a la nueva normativa de Vehículos Personales Ligeros

Dic 4, 2025

El Consejo General de Mediadores ha presentado una batería de alegaciones al proyecto de Real Decreto que regulará el Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de los Vehículos Personales Ligeros (VPL). El organismo considera que la propuesta actual, si bien necesaria para adaptarse a la Ley 5/2025, debe reforzarse para evitar dudas interpretativas y garantizar una protección equivalente para todas las víctimas de accidentes de circulación.

La principal preocupación expresada es la seguridad jurídica. El Consejo advierte que la creación de múltiples textos normativos «puede generar confusión en los consumidores» y contradice los objetivos de simplificación legislativa de la Unión Europea. En este sentido, señalan que la regulación de los VPL encajaría mejor como una reforma del actual Reglamento del seguro de automóviles (RD 1507/2008) en lugar de una norma independiente, dada la continua referencia subsidiaria a este texto.

Entre las alegaciones más destacadas figura la petición de que los VPL reciban el mismo tratamiento conceptual que los vehículos a motor respecto al «hecho de la circulación». El Consejo solicita expresamente que se incluyan como hechos cubiertos los daños ocasionados por estos vehículos cuando estén parados, estacionados o durante su transporte en otros medios públicos, mostrando su desacuerdo con las excepciones relativas a lugares «no destinados al aparcamiento» por su indefinición.

Desde el punto de vista de la protección al perjudicado, el Consejo General se opone frontalmente a la exclusión de los gastos y pérdidas de ingresos derivados de daños materiales. Consideran que mantener esta exclusión generaría una diferencia injustificada en la protección de las víctimas dependiendo del vehículo que cause el daño, vulnerando el espíritu de la Directiva europea y la Ley sobre responsabilidad civil.

Asimismo, reclaman reforzar la posición del asegurado, exigiendo una armonización entre la defensa jurídica del cliente y la del asegurador, conforme a la Ley de Contrato de Seguro.

El documento presentado también aborda cuestiones procesales y técnicas:

Reclamación previa: Recuerdan que un Real Decreto no tiene rango normativo suficiente para atribuir a la reclamación previa la consideración de Medio Alternativo de Solución de Controversias (MASC), calificación reservada a normas con rango de Ley.

Consorcio de Compensación de Seguros: Solicitan revisar el plazo de prescripción para el derecho de repetición del Consorcio. El plazo de un año propuesto se considera incompatible con el Código Civil y las normativas autonómicas, que vinculan el inicio del cómputo al conocimiento de los hechos.

El Consejo concluye insistiendo en la necesidad de una normativa clara que evite duplicidades y mantenga la coherencia con el marco europeo

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