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El Gobierno prohíbe la venta de seguros en el Real Decreto sobre novaciones hipotecarias

El Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid ha recibido con satisfacción el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, del plan de rescate hipotecario que el Gobierno ha aprobado para mitigar la carga financiera de los usuarios vulnerables que han firmado en los últimos años una hipoteca de tipo variable. El Real Decreto, que fija la posibilidad de cambiar alguna condición en la novación del préstamo hipotecario, prohíbe a las entidades bancarias vender productos vinculados, como los seguros, si se acogen voluntariamente al nuevo código de buenas prácticas.

El epígrafe 4 del artículo 5 del Real Decreto establece que las operaciones de novación amparadas por este código no podrán:

  • a) Suponer una modificación del tipo de interés pactado, salvo que esta se corresponda con alguna de las medidas del Código de Buenas Prácticas recogidas en el Acuerdo de Consejo de Ministros.
  • b) Conllevar el cobro de gastos o comisiones excepto que se trate de un préstamo sin interés y el efecto del gasto o comisión no suponga un aumento de la Tasa Anual Equivalente (TAE) acordada en el contrato inicial, o bien se trate de la prima de la prórroga del contrato de seguro señalado en la letra b) del apartado 1 anterior.
  • c) Comercializarse junto con cualquier otro nuevo producto vinculado o combinado.
  • d) Exigir el establecimiento de otras garantías adicionales, personales o reales, que no constasen en el contrato original.

El nuevo paquete de medidas va dirigido a familias con hipotecas variables que hayan visto encarecerse significativamente sus cuotas mensuales por la acelerada subida que ha experimentado el Euríbor en los últimos meses. Si bien, para que este paquete de medidas incluido en el código de buenas prácticas se traslade el ciudadano debe ser aceptado por las entidades bancarias, ya que será de adhesión voluntaria. Las entidades, a excepción de Caixabank que tiene capital público, no han decidido aún a nivel individual si van a suscribir el acuerdo, que es de adhesión voluntaria. Eso sí, una vez se haya suscrito es de obligado cumplimiento.

Tanto la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) como la Asociación Española de Banca (AEB) han dejado en manos de las entidades la decisión individual de suscribir o no el acuerdo que ellas mismas han negociado con Economía.

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