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El Tribunal Supremo declara nula una cláusula que excluía la cobertura por robo en seguros de Transporte por falta de “debida vigilancia”

Oct 29, 2025

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que refuerza la protección de los asegurados en el ramo de Transporte, al considerar cláusula limitativa, y no meramente delimitadora del riesgo, la exclusión de cobertura por robo cuando este se produce por falta de “debida vigilancia” del vehículo asegurado.

El fallo, fechado el 18 de julio de 2025, resuelve un litigio entre una empresa transportista y su aseguradora tras el robo de mercancías valoradas en más de 66.000 euros mientras el camión permanecía estacionado en un polígono industrial. La compañía denegó la indemnización alegando una cláusula que excluía la cobertura si el siniestro ocurría sin la debida supervisión.

Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial de Madrid avalaron inicialmente la validez de la cláusula al entenderla como delimitadora del riesgo. Sin embargo, el Alto Tribunal ha corregido este criterio al establecer que la estipulación impone una obligación de conducta al asegurado, mantener la vigilancia, que restringe su derecho a la indemnización una vez producido el siniestro.

La sentencia subraya que, en los seguros de Transporte, la cobertura por robo constituye una expectativa natural del asegurado. Por tanto, cualquier restricción que afecte a ese derecho debe cumplir los requisitos del artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro, esto es: estar redactada con destacado tipográfico y contar con la aceptación expresa y por escrito del tomador.

Al no haberse cumplido estas formalidades, el Supremo declara la nulidad e inoponibilidad de la cláusula, lo que obliga a la aseguradora a abonar la indemnización.

El pronunciamiento, recogido en el número de octubre de Revista RC, consolida la doctrina que diferencia entre cláusulas delimitadoras (que definen el riesgo asegurado) y limitativas (que restringen derechos ya concedidos), y refuerza la obligación de las compañías de garantizar la máxima transparencia contractual en la redacción de sus pólizas.


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