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Los mediadores reclaman que se generalice el seguro obligatorio para los patinetes eléctricos

El Consejo General ha solicitado a la Administración que generalice un seguro obligatorio de Responsabilidad Civil para patinetes que garantice la cobertura ante posibles incidentes, ante el incremento de accidentes que han causado un fallecido en Madrid hace unas semanas.

Los mediadores consideran que el seguro obligatorio es la manera más rápida y sencilla de compensar a las víctimas de los accidentes causados por patinetes eléctricos.

La nueva normativa redefine los patinetes eléctricos como vehículos de movilidad personal (VPM) y establece un límite de  velocidad de 25km/ y la prohibición de circular por aceras y zonas peatonales.

¿Qué se reclama?

  • Una normativa nacional más clara y exigente que armonice las ordenanzas municipales:
    • Obligatoriedad de contar con un seguro.
    • Edad mínima de uso de los patinetes.
    • Regulación del uso de casco.
    • Límites de velocidad en función del tipo de vía.

“La ausencia de seguro no exime de responsabilidad a los propietarios sobre los daños que puedan causar a terceros. La actual situación obliga a estar atentos a las ordenanzas municipales de cada población, habitualmente diferentes, lo que genera confusión tanto para los usuarios como para los mediadores en el ejercicio de su profesión”.

Consejo General de Mediadores

Situación actual

En el ámbito nacional, los patinetes eléctricos no están obligados a contratar un Seguro de Responsabilidad Civil, aunque la DGT haya dejado la puerta abierta.

Hasta el momento, no ha habido dificultad en obtener cobertura. Aquellas personas que tienen asegurado el contenido de su vivienda en un multirriesgo del hogar, muy probablemente, gozarán, tanto para ellas como para las personas que convivan con ellas, de una cobertura de responsabilidad civil privada que se extiende a estas situaciones.

¿Qué pasa ahora si no hay un seguro? En caso de no contar con esta solución, las aseguradoras y los mediadores ofrecen seguros de Responsabilidad Civil Privada que incluyen cobertura sobre los posibles incidentes que pudieran ocasionarse con estos vehículos.

En cualquier caso, si no existe póliza contra la que reclamar o el responsable se diera a la fuga, el Consorcio de Compensación de Seguros podría llegar a hacerse cargo de los daños si se acreditan convenientemente los hechos.

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