A raíz de los últimos episodios de lluvias torrenciales, un 20% de los asegurados de Hogar ha ampliado sus garantías para proteger la vivienda frente a desastres naturales en el último año. Pese a ello, el 45% de los españoles declara no saber con precisión qué fenómenos atmosféricos cubre su póliza, según un análisis difundido por Rastreator.
La cobertura de daños por lluvia en el seguro de Hogar depende de la intensidad registrada y de lo pactado en la póliza: es habitual que se exija superar 40 litros por metro cuadrado y hora para que opere la garantía, si bien la indemnización y los límites varían según condiciones particulares. Cuando la precipitación intensa provoca la rotura o avería de canales o acequias, el siniestro suele quedar también dentro del ámbito del seguro de Hogar. En cambio, si la inundación es calificada como “extraordinaria”, la indemnización corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), siempre que el afectado tenga contratada previamente una póliza de Hogar en vigor.
Para solicitar la indemnización por inundación, el CCS recomienda comunicar el siniestro con la mayor brevedad posible a través de su servicio telefónico o de su web. La Ley de Contrato de Seguro fija un plazo de siete días desde que ocurre el hecho, aunque el Consorcio admite solicitudes fuera de plazo. Es necesario aportar los datos de la póliza, del tomador y asegurado, la ubicación del riesgo dañado y la cuenta bancaria para el pago, además de conservar pruebas de los daños.
En este contexto, resulta clave revisar las condiciones de la póliza (límites, franquicias, exclusiones y requisitos de intensidad) y documentar adecuadamente los desperfectos. Un correcto encaje entre lo contratado y el perfil de exposición de la vivienda agiliza los trámites y asegura una protección eficaz ante fenómenos meteorológicos adversos.


